Adiccion formada en virtud de decreto del Consejo, con citacion y asistencia de los abogados de las partes: al Memorial ajustado del pleyto que sigue, en grado de segunda suplicacion, ... Juan de Ribot, presbítero n. 8, del lugar de Foixa, y despues de vistos los autos, por muerte de éste, ha salido á ellos Pedro Feliph y Feliu letra A, vecino de lugar de Vilapriu, Corregimiento de Gerona, Pirncipado de Cataluña, pidiendo que se le tenga por parte legítima en lugar de dicho presbítero, á virtud de la donacion hecha por éste á su favor, con Josef Ferrerpagés núm. 9, y continúa por su fallecimiento Antonio, su hijo y sucesor n. 11, vecinos de Camallera, en el mismo Principado, sobre la adjudicación de los fideicomisos fundados por Josef de Ribot y Pareta, y Juan de Ribot y Feliu nn. 3 y 5Ribot, Joan de Madrid : [s.n.], 1806
[2], 5, [1] p., [1] f. de làm. ; 29 cm
Reclams i postil·les marg. Text datat a Madrid el 13 de febrer de 1806.